El Círculo de Estudios Ferroviarios del Uruguay (C.E.F.U.) posee en custodia la locomotora de vapor Manning-Wardle más antigua en funcionamiento a nivel mundial.
Se trata de la MW Nro. 1198, fecha de fabricación 22/10/90, clase «Old I», 060 (030) ST, trocha standard, Nro. 2, solicitada por el Central Uruguay Railway (CUR), para el Mercado Central de Frutos del Uruguay, primer propietario d la misma y su gemela, la Nro. 1197, ya desaparecida. A principios del S. XX pasó a propiedad del Puerto de Montevideo, luego Administración Nacional de Puertos (ANP). Trabajó como locomotora de maniobras hasta bien entrada la década de 1970; pasó luego a desempeñar tareas en el «Trencito portuario» o » Trencito de los Niños», un recorrido dentro del Puerto de Montevideo dedicado al solaz de los niños, y no tan niños.
A comienzos de la década de 1990 se le dio de baja de ese uso y quedó en depósito. Una anécdota cuenta que estuvo a punto de ser arrojada como relleno en ampliaciones de muelles en la bahía del Puerto de Montevideo.
En custodia de CEFU desde 1994, ha sido pasible de tareas de recuperación y restauración, si bien no a su apariencia original, por lo menos a lo más parecido. Son casi 130 años de vida, y sin tener datos fidedignos de fábrica, al momento de la primera restauración.
La actual propietaria de la locomotora es la Administración Nacional de Puertos (ANP), que ha suscrito, en fecha 17/6/2019, un comodato de uso y preservación del bien en cuestión con CEFU, por el término de 10 (diez) años.
Esta buena noticia se suma a los excelentes resultados obtenidos en los trabajos de mantenimiento y preservación de las partes mecánicas y de caldera, que los profesionales técnicos encargados de la parte estructural y de tratamiento químico de aguas de caldera, Ings. Walter Ojeda y Pedro Añón han llevado con estricta rigurosidad, para que la caldera haya superado las pruebas hidráulica y de presión, ésta última realizada el pasado 24 de agosto, para su habilitación por parte del organismo estatal encargado del control de generadores de vapor: URSEA, por el término de un año, de acuerdo a la reglamentación vigente en la República Oriental, debido a su longevidad.
Colaboración CEFU
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